TALLER

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jueves, 30 de junio de 2016

ENFERMEDAD PROFESIONAL

ENFERMEDAD PROFESIONAL

Se define en el marco legal como enfermedad profesional “la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte”, sabemos que existe un listado que establecen los agentes específicos relacionados con riesgos y enfermedades profesionales, está establecido en el Decreto 109.

Para efectos en que un trabajador se vea afectado por alguna enfermedad de manera directa por el ejercicio de su trabajo y lo que lo aqueja no está en el listado respectivo de DS.109, puede acreditar ante el organismo administrador que su enfermedad fue contraída como consecuencia directa de los trabajos realizados. Este punto se dispone en el Art 7° Inc. 3 de la Ley.


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